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viernes, 19 / abril / 2024

INDEPENDENCIA JUDICIAL: ¿ESTÁ ASEGURADA EN LA BOLIVIA PLURINACIONAL?

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Aprendiendo del Presidente de la CORTE IDH Eduardo Ferrer Mc-Gregor (les recomiendo su fabuloso voto parcialmente disidente al fallo Camba Campos Vs Ecuador de 2013), resulta que: “Un juez es independiente si toma sus decisiones basado solamente en el caso, sin estar influido por consideraciones particulares relativas a las partes que no resulten relevantes para el asunto concreto, y si decide libre de consideraciones relacionadas con su propio interés o con intereses de la persona o cuerpo que lo nombró”. De ahí que la independencia (individual y colectiva) constituye un elemento indisoluble para la consolidación y existencia misma de un genuino estado constitucional y democrático de derecho en que existe división de poderes y por tanto, preserva nuestras libertades ciudadanas y dota seguridad jurídica, frente al poder.  Evita así, la concentración de poderes, que deviene en tiranía y opresión. Ej: “derecho humano” de su jefazo.

Sin embargo, aquellas consideraciones quedan vaciadas de contenido y se convierten en puro verso, sin garantías que operen su eficaz ejercicio. Entre ellas, surgen por lo menos la inamovilidad en el cargo (salvo sentencia condenatoria ejecutoriada, vencimiento de su plazo de nombramiento o jubilación) remuneración intangible, efectiva protección contra presiones internas y externas y, un régimen confiable de acceso, permanencia, ascenso y cese de funciones (a cargo de un organismo, también independiente). ¿Estarán aseguradas en el actual estado plurinacional en el que el régimen delira controlarlo todo? Para nada. Veamos:

Escojo dos acontecimientos recientes: 1) las repercusiones de la primera sentencia del denominado caso “La Manada” en Santa Cruz; y 2) la inmediata aprehensión de dos Vocales en Trinidad, luego de resolver una cuestión incidental de un caso de narcotráfico. No corresponde ni puedo ingresar al fondo de sus decisiones –que no las conozco, menos las pruebas que las sustentan- sino me concentro en las emergencias institucionales de lo acaecido, a la luz de esa independencia y el adecuado control jurídico, basado razones jurídicas –objetivas- y no lo contario, subjetivas. 

Convengamos entonces, que sí se considera que ambos fallos fueran errados, es decir, contrarios a la norma por su errónea interpretación y/o defectuosa valoración de la prueba (que son los supuestos para esa posibilidad), lo que corresponde es pues, impugnar por los recursos legales previstos ese resultado (para eso han sido inventados, por si acaso) y no dar lugar “ipso pucho”, a la intervención del juzgado, investigación de la actuación del órgano o peor, su inmediata aprehensión y juzgamiento (además a cargo de la parte perdidosa), así como su escarnio público.    

Entiendo perfectamente que actualmente el horno de la administración de justicia no está para bollos: producto del indigno y ovejuno sometimiento de varios Fiscales, Jueces y MASistrados al régimen; la opinión pública incurre en el error de generalizar esa situación y concluir que todo fallo, peor si fuere contrario al clamor popular o insatisfactorio para algunos y hasta muchos –la justicia es dar a cada uno lo suyo, por si acaso- en función a la opinión o conocimiento disponibles (muy variable, por supuesto) es producto del prevaricato o del  pago de dinero, favores o facturas. Solemos ignorar la denominada “justicia del caso concreto” que más allá de nuestra legítima opinión, debiera estar basada en las pruebas y alegaciones del mismo y, son de conocimiento –directo- de las partes y del Juez. Esto sin omitir que existen fallos legítimos y, de los otros… 

Más allá de las particularidades de aquellos casos ejemplificados e incluso nuestras debilidades para analizarlos a fondo (por no conocer sus detalles) sostengo que por la actual la concentración de poderes –dictadura, para no recurrir a cómodos eufemismos- el régimen y sus satélites son, una vez más, parte del problema y no de la solución. Se ha causado tal grado de ilegitimidad del sistema, que toda sentencia es sospechosa por sí misma. Es urgente recuperar la institucionalidad de la administración de justicia, lo que pasa imprescindiblemente –vuelvo al inicio de esta opinión- por establecer un genuino sistema de gobierno democrático que realice el imperio del estado sujeto al  derecho, quedando por tanto limitado en sus actos, a la CPE, los IIII y la ley, pues: “Si el hombre fracasa en conciliar la justicia y la libertad, fracasa en todo”. Albert CAMUS    

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